RELACIONES LABORALES

Esta pestaña os ayudará para asesorarnos sobre todo lo relacionado con el ámbito laboral...


  •  Si pinchas "aquí" te dará acceso al ESTATUTO DEL TRABAJADOR, norma básica de los trabajadores por cuenta ajena.

  •    Nuestro CONVENIO COLECTIVO lo podemos encontrar en este enlace:

     Convenio
¿QUE ES? Son importantes acuerdos establecidos entre las empresas y los trabajadores, constituyendo con ello un reglamento en el que se basa la relación entre ambas partes, contratante y contratado.


En este apartado hablaremos sobre las MODALIDADES DE CONTRATOS DE TRABAJO, sus formas, su duración, periodo de prueba, salario, jornada.... ADEMAS DE LO QUE SE DEBE DE SABER CUANDO ESTE FINALIZA como la liquidación, la indemnización por despido y el finiquito.  

¿QUE ES EL CONTRATO DE TRABAJO?
Lo podemos entender como el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se detallan las condiciones en las que un trabajador se compromete a realizar un determinado trabajo por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución o sueldo.
Los hay de diferentes tipos, si pinchas en el siguiente dibujo además de sus tipos podrás ver sus caracteristicas.

CONTRATOS  

¿CUALES SON SUS FORMAS?
Pueden hacerse por escrito o verbalmente (aunque solo algunas modalidades lo permiten).

    ¿CUAL ES SU DURACIÓN?
     Puede ser de tiempo indefinido (fijo) o por una duración determinada (temporal) esta duración dependerá del tipo de contrato y de lo establecido en el mismo.

    ¿CUAL ES SU PERIODO DE PRUEBA? 
    Es optativo y de acordarlo se debe poner por escrito en el contrato. Se fijara en los convenios colectivos y en su defecto como máximo será de seis meses para Técnicos titulados y dos meses para el resto de trabajadores, excepto si la empresa es de menos de 25 trabajadores, y no podrán exceder de tres meses.  No se podrá establecerse un período de prueba cuando el trabajador haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación. Durante este período de prueba, el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores. 

    Para obtener más información de lo expuesto hasta aqui te dejamos un ENLACE en donde vendrá todo esto pero más detallado y con otros puntos no vistos aqui.

                                                                                       Pincha "aquí"


    ¿QUE EL SALARIO?
    Es la remuneración que obtiene el trabajador por la realización de su trabajo figurando en su contrato. Este deberá coincidir con el recogido en el convenio colectivo de empresa y si no existiera en el convenio colectivo del sector provincial o nacional. En cualquier caso no será inferior al Salario Mínimo Interprofesional.  
      
      ¿QUE ES LA JORNADA LABORAL?
      Son las horas de trabajo ordinarias a realizar por el trabajador bien sea diaria, semanal, mensual o anualmente, y su distribución será como máximo de 40 horas semanales y 9 horas diarias, y esras deberán coincidir con lo recogido en el convenio, o en su defecto, en el del sector provincial o nacional.  


      CUANDO FINALIZA EL CONTRATO DE TRABAJO DEBES SABER.......
      • La liquidación 
      • La indemnización por despido
      • El finiquito

      ¿QUE ES LA LIQUIDACIÓN? 
      Es el recibo que la empresa tiene que dar al trabajador cuando finaliza la relación laboral. En el recibo figurarán las partes proporcionales de las siguientes cantidades: pagas extraordinarias y vacaciones, también figurarán el salario, los atrasos y cantidades adeudadas por otros conceptos.

      ¿QUE ES LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO?
      Es la cantidad días por año trabajado que la empresa tiene que pagar al trabajador cuando finaliza el contrato temporal y no se encuentra en todas las modalidades de contrato.

      ¿QUE ES EL FINIQUITO?
      El finiquito es un documento en el que, tras la extinción de una relación laboral, sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan. Muy importante: si firmas el finiquito podrías estar renunciando a emprender futuras acciones legales. Asesorate antes de firmarlo.

      Para obtener más información sobre él, de como se calcula, ect... y sobre algunas consideraciones del despido pincha en el dibujo.



      Y por último para acabar con el tema de relaciones laborales te dejamos "AQUI" información de las PRESTACIONES SOCIALES DE  LOS TRABAJADORES  a las que tenemos derecho, a sus tipos, ect....